Art. 1

En vigor desde 7 mar 2007
Artículo 1 La ayuda de reestructuración concedida por Chipre a Cyprus Airways Public Ltd se considera compatible con el mercado común en virtud del artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los artículos 2 a 5.
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