Art. 2

En vigor desde 22 feb 2007
Artículo 2 La Comunidad, representada por la Comisión, votará a favor del proyecto de Reglamento de la CEPE/ONU mencionado en el artículo 1 en una próxima reunión del Comité administrativo del foro mundial para la armonización de los reglamentos sobre vehículos de la CEPE/ONU.
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