Art. 1

En vigor desde 22 ene 2007
Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Protocolo del Acuerdo de colaboración y cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Azerbaiyán, por otra, por el que se amplía el ámbito de aplicación del Acuerdo de colaboración y cooperación al comercio bilateral de textiles, a la vista de la expiración del Acuerdo bilateral sobre textiles. El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2007:35(1):oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil