Art. 1
En vigor desde 6 dic 2006
Artículo 1
La medida que Italia se propone ejecutar en favor de la reducción del nivel impositivo aplicable a las emulsiones en 2006, por un importe de 8,9 millones de EUR, es compatible con el mercado común con arreglo al artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado.
Se autoriza por lo tanto la ejecución de dicha medida.
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