Art. 1

Modificaciones

En vigor desde 20 nov 2006
Artículo 1 Modificaciones La Decisión 2001/923/CE queda modificada del siguiente modo: 1) En el artículo 1, apartado 2, la última frase se sustituye por el texto siguiente: «Se aplicará durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2013.». 2) El siguiente párrafo se añade al final del artículo 6: «El importe de referencia financiera para la ejecución del programa de acción comunitario, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, será de 7 000 000 EUR.». 3) El artículo 13, apartado 3, se modifica de la siguiente manera: a) en la letra a), la fecha «30 de junio de 2005» se sustituye por «30 de junio de 2013»; b) la letra b) se sustituye por lo siguiente: «b) cuando expiren los plazos, inicial y adicional, de ejecución del programa y a más tardar los días 30 de junio de 2006 y 2014 respectivamente, informes detallados sobre la aplicación y los resultados del programa, que darán cuenta en concreto del valor añadido de la participación financiera de la Comunidad.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

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eli:dec:2006:849:oj#art-1

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