Art. 1
En vigor desde 13 nov 2006
Artículo 1
El anexo D de la Directiva 95/70/CE se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:775:oj#art-1