Art. 1
En vigor desde 29 ago 2006
Artículo 1
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1782/2003 para el período comprendido entre 2006 y 2012, los importes derivados de la modulación se asignarán a los Estados miembros con arreglo al cuadro que figura en el anexo de la presente Decisión.
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