Art. 5
En vigor desde 28 jul 2006
Artículo 5
La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2006.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:533:oj#art-5
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dec:2006:533:oj#art-5