Art. 1
En vigor desde 20 jul 2006
Artículo 1
Los Estados miembros utilizarán el cuestionario recogido en el anexo de la presente Decisión como base para confeccionar el informe correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2007, que deben presentar a la Comisión con arreglo al artículo 11, apartado 1, de la Directiva 1999/13/CE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:534:oj#art-1