Art. 1
En vigor desde 23 jun 2006
Artículo 1
El importe total de la ayuda financiera de la Comunidad para la erradicación de la peste porcina clásica en Luxemburgo en 2002 se fija, de conformidad con la Decisión 2003/491/CE, en 1 589 734 EUR.
Dado que ya se ha concedido un primer anticipo de 500 000 EUR en virtud de la Decisión 2003/491/CE, se pagará a Luxemburgo el saldo de 1 089 734 EUR.
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