Art. 3
En vigor desde 1 jun 2006
Artículo 3
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2006:395:oj#art-3
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dec:2006:395:oj#art-3