Art. 1

En vigor desde 20 feb 2006
Artículo 1 El artículo 2 de la Decisión 82/530/CEE se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 2 La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2010.».
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eli:dec:2006:138(1):oj#art-1

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