Art. 1
En vigor desde 20 feb 2006
Artículo 1
El artículo 2 de la Decisión 82/530/CEE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 2
La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2010.».
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Proeli:dec:2006:138(1):oj#art-1