Art. 6.tit_1

Excepciones aplicables a las aves vivas y los pollitos de un día

En vigor desde 14 feb 2006
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2006:94(1):oj#art-6.tit_1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil