Art. 1
En vigor desde 25 nov 2005
Artículo 1
La Decisión 2004/4/CE queda modificada como sigue:
1)
El artículo 2 queda modificado como sigue:
a)
en el apartado 1, los términos «2004/2005» se sustituyen por los de «2005/2006»;
b)
en el apartado 2, los términos «2004/2005» se sustituyen por los de «2005/2006».
2)
En el artículo 3, los términos «2004/2005» se sustituyen por los de «2005/2006».
3)
En el artículo 4, los términos «30 de agosto de 2005» se sustituyen por los de «30 de agosto de 2006».
4)
En el artículo 7, los términos «30 de septiembre de 2005» se sustituyen por los de «30 de septiembre de 2006».
5)
El anexo queda modificado como sigue:
a)
en el punto 1, letra b), inciso iii), los términos «2004/2005 »se sustituyen por los de «2005/2006»;
b)
en el punto 1, letra b), inciso iii), los términos «1 de enero de 2005» se sustituyen por los de «1 de enero de 2006»;
c)
en el punto 1, letra b), inciso iii), se añade el tercer guión siguiente:
«—
haber estado sometidas a una vigilancia oficial desde su llegada a la estación envasadora hasta haber sido introducidas en sacos precintados de acuerdo con el inciso x) de la letra b) del punto 1.»;
d)
en el punto 1, letra b), el inciso v) se sustituye por el texto siguiente:
«v)
haber sido sometidas en el puerto de carga, inmediatamente antes de la exportación a la Comunidad, a una inspección oficial mediante el corte de una muestra de 400 tubérculos de cada zona libre de plagas por partida, extraída al menos de diez sacos de cada zona;»;
e)
en el punto 1, letra b), inciso xii), los términos «1 de enero de 2005» se sustituyen por los de «1 de enero de 2006»;
f)
en el punto 5, párrafo segundo, los términos «2004/2005» se sustituyen por los de «2005/2006».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2005:840:oj#art-1