Art. 1
En vigor desde 7 nov 2005
Artículo 1
La Decisión 1999/730/PESC se modifica como sigue:
a)
en el artículo 3, apartado 1, el importe de referencia financiera «1 375 565 euros» se sustituye por el de «600 000 EUR»;
b)
en el artículo 4, segundo párrafo, la fecha «15 de noviembre de 2005» se sustituye por la de «15 de noviembre de 2006»;
c)
se suprime el artículo 5 de la Decisión;
d)
el anexo se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2005:784:oj#art-1