Art. 1

En vigor desde 20 oct 2005
Artículo 1 De una valoración global se desprende que Portugal presenta un déficit excesivo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2005:730:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil