Art. 1

En vigor desde 30 may 2005
Artículo 1 1.   En el artículo 15, apartado 1, de la Decisión 2003/479/CE los importes de «27,96 EUR» y de «111,83 EUR» se sustituirán por los importes de «28,16 EUR» y de «112,61 EUR», respectivamente; 2.   El cuadro que figura en el artículo 15, apartado 2, se sustituirá por el siguiente: «Distancia entre el lugar de residencia y el lugar de destino (km) Importe en EUR 0-150 0 > 150 72,39 > 300 128,69 > 500 209,13 > 800 337,83 > 1 300 530,87 > 2 000 635,45 ». 3.   En el artículo 15, apartado 4, el importe de «27,96 EUR» se sustituirá por el importe de «28,16 EUR».
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eli:dec:2005:442:oj#art-1

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