Art. 1

Productos y definición de los productos

En vigor desde 21 abr 2005
Artículo 1 Productos y definición de los productos La presente Decisión se aplicará a los artículos de ocio flotantes para usar en o sobre el agua que se establecen en la parte I del anexo, que no están cubiertos por ningún acto específico de la legislación de la UE. En particular, quedan excluidos de la presente Decisión los artículos de ocio flotantes cubiertos por las Directivas 88/378/CEE, 89/686/CEE y 94/25/CE.
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