Art. 1
En vigor desde 6 ene 2005
Artículo 1
La Decisión 2003/329/CE se modificará como sigue:
En el artículo 1, en el apartado 2 del artículo 3 y en el artículo 5, la fecha de «
31 de diciembre de 2004
» se sustituye por la de «
31 de diciembre de 2005
».
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli:dec:2005:14(1):oj#art-1