Art. 2
En vigor desde 13 dic 2004
Artículo 2
A la espera de su entrada en vigor, el Protocolo será aplicable de manera provisional con efectos a partir de la entrada en vigor del Acuerdo de Estabilización y Asociación.
El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.
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Proeli:dec:2005:41(1):oj#art-2