Art. 3
En vigor desde 3 dic 2004
Artículo 3
La parte 2 del anexo II de la Decisión 79/542/CEE quedará modificada como sigue:
1)
Las «garantías suplementarias (SG)» se sustituirán por el texto del anexo III de la presente Decisión.
2)
Los modelos de certificado zoosanitario RUF y RUW se sustituirán por los modelos que figuran en el anexo IV de la presente Decisión.
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Proeli:dec:2004:882:oj#art-3