Art. 1

En vigor desde 7 may 2004
Artículo 1 Las ayudas que Italia prevé conceder en virtud de la «deliberazione» no 629 de la «Giunta provinciale» de Campobasso, de 29 de diciembre de 1999, para financiar actividades agrícolas encaminadas a la mejora de la calidad de los productos y de la calidad de vida de los agentes económicos son incompatibles con el mercado común. Por consiguiente, dichas ayudas no pueden ejecutarse.
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