Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 7
En vigor desde 29 dic 1978
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
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Proeli/es/c/1978/12/27/(1)#art-7