Capítulo CAPÍTULO I

Art. Norma 4

En vigor desde 17 feb 2022
Esta Circular será de aplicación a los siguientes sujetos obligados: a) Los proveedores de servicios sobre criptoactivos cuando realicen actividades publicitarias sobre criptoactivos. b) Los proveedores de servicios publicitarios. c) Cualquier persona física o jurídica, diferente de las indicadas en las letras anteriores, que realice por iniciativa propia o por cuenta de terceros una actividad publicitaria sobre criptoactivos.
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eli/es/cir/2022/01/10/1#norma-4

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