Art. Décimo
En vigor desde 21 mar 2019
Podrán ser causas de denegación de solicitudes de Certificados por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otras:
1. La presentación de la solicitud o de la documentación adjunta en formato no ajustado a lo establecido en esta Circular o fuera del plazo establecido.
2. La presentación de la solicitud con campos no cumplimentados o cumplimentados erróneamente.
3. La no presentación de toda la documentación requerida, conforme a lo establecido en esta Circular.
4. El incumplimiento por parte de la información presentada en la solicitud de las validaciones y comprobaciones establecidas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
5. La no acreditación de todas las cantidades de biocarburantes incluidas en sus ventas o consumos definidos en la presente Circular y en los términos indicados o de cualesquiera otros requisitos establecidos.
6. El incumplimiento de las obligaciones de acreditación de la sostenibilidad de los biocarburantes establecidas en la presente Circular.
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Proeli/es/cir/2019/03/13/1#decimo