Secc. Sección cuarta. Delegación de funciones de control y otras obligaciones

Art. Disposición final quinta

En vigor desde 4 abr 2014
1. La presente Circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. Las entidades sujetas deberán tener su estructura organizativa y sus sistemas y procedimientos de control interno adaptados a lo previsto en esta Circular el 31 de diciembre de 2014.
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eli/es/cir/2014/02/26/1#disposicion-final-quinta

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