Art. Norma 1

En vigor desde 25 jun 2013
1. (Derogado) . 2. (Derogado) . 3. La información que las sociedades anónimas cotizadas han de incluir con carácter obligatorio en sus páginas web se ajustará en cuanto a su contenido y plazo temporal de difusión a las exigencias recogidas en el anexo III de esta Circular. Se derogan los apartados 1 y 2, con efectos para los informes que se deban presentar a partir de 1 de enero de 2014, por la disposición derogatoria única de la Circular 5/2013, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2013-6805 .

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eli/es/cir/2004/03/17/1#norma-1

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