Art. [preambulo]
En vigor desde 8 feb 1990
La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de julio de 1989 habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante CNMV) para establecer los registros, las normas contables y los modelos de estados financieros de los organismos rectores de los mercados bursátiles, así como el contenido mínimo de las auditorías de cuentas y del informe correspondiente a que deben someter sus cuentas anuales y dictar normas sobre su publicidad.
Mediante la presente Circular se regula la forma, detalle, frecuencia y plazo de rendición de los modelos reservados y públicos de los estados financieros de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, así como de las cuentas anuales concordantes con ellos, sin perjuicio de la posterior adaptación que para la prestación de las cuentas anuales, pudiera establecerse, de acuerdo con el desarrollo reglamentario del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Asimismo se regula el contenido mínimo de la auditoría de cuentas a que deben someterse las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores y la publicidad que se hará de la misma. Adicionalmente se solicita a estas Entidades que presenten un informe especial complementario al de carácter general mencionado anteriormente, preparado por sus auditores en el que éstos pongan de manifiesto sus conclusiones sobre determinadas actuaciones que se solicitan, expresen el alcance de las pruebas efectuadas y los criterios de materialidad aplicados en la revisión de las cuentas y se incluyan ciertas informaciones consideradas de interés para la CNMV.
En definitiva, la presente Circular pretende hacer homogénea la información sobre los estados financieros de las distintas Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, así como establecer un método de control sobre la actuación de las mismas en sus funciones de rectoras y administradoras de las Bolsas de Valores.
En su virtud, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 31 de enero, ha dispuesto:
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Proeli/es/cir/1990/01/31/1#preambulo-pr