Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª De la Secretaría General›§ Subsección 1.ª De los servicios y unidades
Art. 34 bis
En vigor desde 14 jul 2014
Corresponde al Servicio:
a) La organización y gestión del sistema informático, así como la preservación de la seguridad del mismo y de sus comunicaciones.
b) La prestación de apoyo técnico a los usuarios.
Se modifica por el art. único.5 del Acuerdo de 11 de julio de 2014 . Ref. BOE-A-2014-7407 . Se deroga el apartado 3 por el art. único.14 del Acuerdo de 1 de abril de 2011. Ref. BOE-A-2011-6009 . Se añade por el art. único.2 del Acuerdo de 28 de abril de 2010. Ref. BOE-A-2010-6819 .
Tus anotaciones
Proeli/es/a/1990/07/05/(1)#art-34-bis